- El nuevo miembro será considerado socio de pleno derecho a partir de la fecha de entrega del
presente documento, momento en el que deberá abonar la cuota anual que será renovada
automáticamente por periodos similares, salvo expreso deseo del socio en contra, en cuyo caso la
empresa socia causará baja del programa. - Los importes correspondientes a las cuotas podrán ser revisados por la Cámara Oficial de Comercio
Industria y Servicios de Navarra en cuyo caso será fehacientemente comunicado con una
antelación mínima de una mensualidad a su entrada en vigor. - Los nuevos miembros recibirán un diploma acreditativo de su pertenencia al programa con el
número de socio que se le asignará en el momento de la adhesión. Con el mismo objetivo, se le
facilitará un sello en formato digital para su incorporación en cualquier soporte que el socio estime
oportuno. - Las partes se autorizan recíprocamente a comunicar públicamente su pertenencia al programa
Socios de la Cámara. En este sentido, los socios, por la presente, otorgan a la Cámara la
autorización para utilizar su marca o nombre comercial con el fin de comunicar su pertenencia al
programa.
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