El presidente de la Cámara de Comercio inaugura una jornada sobre la transparencia en materia retributiva e igualdad
El presidente de la Cámara de Comercio de Navarra, Javier Taberna, ha inaugurado esta mañana la jornada bajo el título “La transparencia en materia retributiva: registro retributivo y valoración de puestos de trabajo. Normativa y Herramientas”, organizada por el Instituto Navarro para la Igualdad Nafarroako Berdintasunerako Institutua (INAI-INABI) y ha contado con la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El presidente de la Cámara de Comercio de Navarra ha explicado que existe una brecha salarial entre hombres y mujeres, aunque se está mejorando mucho en este sentido y ha subrayado la importancia de cumplir con la normativa sobre temas de igualdad y registro retributivo “para que realmente no haya una diferencia salarial entre hombres y mujeres” También ha destacado el gran interés que ha despertado esta sesión a la que han asistido 170 personas de manera presencial y virtual. “Es un reflejo de que existe una conciencia cada vez mayor”, ha señalado.
La jornada ha contado también con la participación de Eva Isturiz, directora gerente Instituto Navarro para la Igualdad y Sonsoles Gutiérrez, directora de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Posteriormente, Irene Marín, subdirectora general para la Coordinación de la Inspección del Sistema de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ha explicado el marco normativo de la igualdad retributiva y ha incidido en los avances, retos y resultados obtenidos.
En este sentido, se ha explicado que el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, recoge en su artículo 28 la igualdad de remuneración por razón de sexo. La obligación de pagar por la prestación de un trabajo de igual valor, la misma retribución sin que pueda producirse ninguna discriminación por razón de sexo.
Para la efectiva intervención sobre la transparencia en las retribuciones, deriva de ello que corresponde determinar, de un lado los criterios para la consideración de trabajo de igual valor y del otro lado las retribuciones que corresponden a ese trabajo.
Obligatoriedad del registro retributivo en las empresas
Como han explicado los expertos, el registro retributivo se ha previsto como el principal instrumento que recoge las prácticas retributivas de las empresas, y de ello se deriva la obligación de toda empresa de llevar un registro con los valores medios de los salarios, complementos y extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo, y distribuidos por grupos profesionales, categorías o puestos de trabajo. La representación legal y las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al registro salarial, si bien con información diferente en cada caso.
Además, las expertas han incidido en que cuando la media de la masa salarial, en empresas con 50 o más personas en plantilla, supera el 25%, deberá justificarse que no se debe al sexo de las personas trabajadoras. Además, a partir de 50 personas en plantilla se exige Plan de Igualdad y auditoría retributiva.
La sesión ha concluido con la intervención de Verónica Martínez Barbero, directora general de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que ha informado sobre los instrumentos de transparencia: registro retributivo, valoración de puestos de trabajo. Es el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres el que concreta las disposiciones legales en relación con el registro retributivo. En este contexto, los Ministerios de Trabajo e Igualdad a través del Instituto de las Mujeres, y acordada con sindicatos y patronales, han preparado una herramienta informática, de uso voluntario.