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Validación de cumplimiento con el principio DNSH

Imprescindible para empresas que realizan inversiones con fondos PRTR (Next Generation UE)

El principio de No Causar Daño Significativo – DNSH (Do Not Significant Harm) obliga a las empresas que realizan inversiones a autoevaluar y asegurar que éstas no afectan negativamente a uno o varios de los seis objetivos medioambientales definidos en Reglamento de Taxonomía de la Unión Europea (2020/852).

  1. Mitigación del cambio climático.
  2. Adaptación al cambio climático.
  3. Uso sostenible/protección de recursos hídricos y marinos.
  4. Economía circular.
  5. Prevención y control de la contaminación.
  6. Protección y recuperación de biodiversidad y ecosistemas.

Esto aplica a los proyectos empresariales que quieran acceder a ayudas y subvenciones de los fondos se ejecuten dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia-PRTR (fondos Next Generation UE).

La Cámara de Comercio de Navarra, a través de su Servicio de Certificaciones, se pone a disposición de las empresas para validar que cumple con en el principio DNSH.