Validación de cumplimiento con el principio DNSH
Imprescindible para empresas que realizan inversiones con fondos PRTR (Next Generation UE)
El principio de No Causar Daño Significativo – DNSH (Do Not Significant Harm) obliga a las empresas que realizan inversiones a autoevaluar y asegurar que éstas no afectan negativamente a uno o varios de los seis objetivos medioambientales definidos en Reglamento de Taxonomía de la Unión Europea (2020/852).
- Mitigación del cambio climático.
 - Adaptación al cambio climático.
 - Uso sostenible/protección de recursos hídricos y marinos.
 - Economía circular.
 - Prevención y control de la contaminación.
 - Protección y recuperación de biodiversidad y ecosistemas.
 
Esto aplica a los proyectos empresariales que quieran acceder a ayudas y subvenciones de los fondos se ejecuten dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia-PRTR (fondos Next Generation UE).
La Cámara de Comercio de Navarra, a través de su Servicio de Certificaciones, se pone a disposición de las empresas para validar que cumple con en el principio DNSH.
