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Nuevas ayudas para emprendedores de comercio

Están dirigidas a apoyar la creación de nuevas empresas en el sector del comercio minorista, bien para implantar un nuevo proyecto empresarial de comercio minorista o bien para asumir un proyecto de relevo empresarial de un negocio de comercio al por menor ya en funcionamiento.

En el BON 103 del pasado lunes 30 de mayo aparece publicada la RESOLUCIÓN 198E/2016, de 13 de mayo, de la Directora General de Turismo y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para emprendedores comerciantes minoristas de 2016.

Están dirigidas a apoyar la creación de nuevas empresas en el sector del comercio minorista (salvo estancos y farmacias), bien para implantar un nuevo proyecto empresarial de comercio minorista o bien para asumir un proyecto de relevo empresarial de un negocio de comercio al por menor ya en funcionamiento.

Pueden acceder a las ayudas, las personas físicas o personas jurídicas cuya  alta en el Impuesto de Actividades Económicas se produjera entre el 1/11/2015 y el 30/12/2016, ambos inclusive. Y que no hubieran ejercido en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria, una actividad comercial minorista en Navarra por cuenta propia. Si el solicitante es una persona jurídica, este requisito debe cumplirse por todos sus integrantes.

El importe de la subvención puede llegar al 30% de las inversiones subvencionables precisándose una inversión mínima de 6.000 euros y con un máximo de subvención de 5.000 euros por comercio.

Las ayudas se conceden en Régimen de evaluación individualizada, por tanto, los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación de las solicitudes en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello, de modo que, una vez agotados todos los recursos presupuestarios disponibles, el resto de solicitudes serán desestimadas.

Como novedad este año además de la ampliación del plazo de solicitud de la ayuda hasta el 30 de agosto radican en el Plan de viabilidad o Plan de empresa favorable que todo solicitante debe presentar para evaluar la rentabilidad económica de su proyecto y analizar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto:

  • deberá estar elaborado por alguna entidad, profesional o empresa consultora debidamente cualificada,
  • no podrá ser realizado ni confeccionado por la propia empresa solicitante,
  • deberá ser presentado obligatoriamente junto con la solicitud de la subvención,
  • no podrá ser objeto de subsanación y,
  • serán denegadas las solicitudes que no adjunten este documento junto con la solicitud de la subvención.

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