Proceso electoral 2025/2026

A.    Normativa aplicable

 

B.    Apertura del proceso electoral y composición del pleno

1.- ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS PLENOS DE LAS CÁMARAS 2025/2026

La Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, del Ministerio de Economía, Industria y Turismo, publicada en el  BOE nº 238 del 5 de octubre, declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.

Esta Orden determina el inicio del proceso de renovación de los Plenos de las Cámaras de Comercio españolas, que en el caso de Navarra supone la conformación del nuevo Pleno establecido en el art. 13 de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra quedará integrado por

  1. 40 vocales del pleno serán los representantes de todas las empresas pertenecientes a la Cámara en atención a la representatividad de los distintos sectores económicos teniendo en consideración su aportación al PIB, el número de empresas y el empleo, conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento de Régimen Interior.
  2. 6 representantes de las empresas de mayor aportación voluntaria de la demarcación

Como el primer paso, procede la Exposición del Censo Electoral, diez días después de abierto el proceso, con el objeto de que pueda ser modificado de oficio o a instancia de parte, con las altas y bajas debidamente justificadas por los electores interesados. 15 de diciembre de 2025 “La Cámara de Comercio de Navarra inicia el proceso electoral para la renovación de sus Órganos de Gobierno con la exposición del censo”

El proceso electoral

La convocatoria de elecciones corresponde al Gobierno de Navarra, administración tutelante de la Cámara de Comercio de Navarra. El Gobierno de Navarra convocará las elecciones a principios de 2026, con un mínimo de 30 días de antelación a su celebración.

Dentro de los cinco día siguientes a la convocatoria de las elecciones se constituirá la Junta Electoral, que estará integrada por dos representantes de los electores de la Cámara y dos personas designadas por el Departamento del Gobierno de Navarra competente en la materia, una de las cuales ejercerá las funcione de Presidente con voto dirimente.

Una vez publicada la convocatoria en el BON por la Administración Foral de Navarra, se abrirá un periodo de diez días después para la presentación de candidaturas. El proceso culminará con la constitución del nuevo Pleno. La duración del mandato de Plenos de las Cámaras de Comercio es de cuatro años.

 

C.    Exposición del censo electoral

Se expuso públicamente en la página censoe.camaranavarra.com

 

D. Publicidad convocatoria elecciones

De conformidad con la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, se establece que, una vez abierto el proceso electoral por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, corresponderá al departamento que ejerza la tutela, previa consulta a las Cámaras, la convocatoria de elecciones cada cuatro años para la renovación de los miembros de los Plenos de éstas.

Una vez transcurridos los plazos establecidos en el artículo 51 del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara, se ha publicado, con fecha de 2 de marzo de 2026, en el Boletín Oficial de Navarra la Resolución de director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, 26/2026, por la que se convocan elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 52 del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara, se da publicidad a la mencionada Convocatoria de elecciones.

Acceso a la  convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra  (2 de marzo de 2026):

https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2026/44/16

Acceso a los modelos de candidatura, voto por correo y avales